Los trabajadores que tengan que trabajar un día festivo, y por necesidades del servicio no pudiesen disfrutar del descanso compensatorio, verán incrementado el salario de ese día en un 75%. Si ese día coincidiese además con una de las fiestas declaradas nacionales, de la Comunidad de Madrid o de la localidad donde esté situado el centro de trabajo, tendrá derecho al disfrute de otro día compensatorio.
Solo los Domingos y festivos.