Estatal Mantenimiento Piscinas

Nueva tabla salarial para 2017.
Link BOE:

CONVENIO COLECTIVO GENERAL DEL SECTOR DE MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE INSTALACIONES ACUÁTICAS

Antecedentes: Convenio anterior que se firmo en el 2007:
http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2007-12865

Tabla Estatal

Tabla actualizada para 2016.

Tabla Salarial: CONVENIO ESTATAL o Convenio colectivo General de Sector de Mantenimiento y Conservación de Instalaciones Acuáticas (Link al Convenio) *En el convenio estatal hay 4 tipos de socorristas: 1 corre turnos, y 2, 3 y 4, socorristas de tipo A, B y C dependiendo del aforo y del tamaño de la lamina del agua. Los Socorrista de tipo C son los que dan servicio a piscinas con un aforo inferior a 250 per, y menos de 1000 metros de lamina de agua.

1.- Salario Base: 759,64€/mes Como podéis ver en el convenio estatal en su página 27 (Tabla), el salario base es de 759,64€.

2.-Jornada laboral: 40 horas/Semana. En el capitulo X, Artículo 35  indica que la jornada de trabajo es de 40 horas/semanales, que si se superan, el resto de horas se han de pagar como extraordinarias, por otro lado la jornada total anual no puede ser superior a 1786 horas.

El descanso semanal tiene que ser de un día y medio como mínimo.

3.-Precio Hora Ordinaria: 6,7236€ hora ¿Como calculamos la hora ordinaria?
Tenemos que sumar el salario anual y dividirlo por la cantidad de horas anuales.

– Salario anual:
(Salario Base + Plus convenio) x 12 + Pagas Extra (salario base)=
(759,64 +114,45) x 12 + (759,64 x 2) = 12.008,36€
-Jornada Anual: 1786 h
-Hora Ordinaria: 6,7236€

4.-Precio Hora Extraordinaria: 15,22€. Como podéis ver en el convenio estatal en su página 27 (Tabla).

5.-Precio Hora domingos y Festivos.  Se pagan igual que las horas Extra.

6.-Plus Convenio.(transporte) 114,45€. Como podéis ver en el convenio estatal en su página 27 (Tabla).

7.-Plus Media Dieta. 11,71€. Como podéis ver en el convenio estatal en su página 27 (Tabla).

8.-Plus Transporte. 0,25€/Km. Como podéis ver en el convenio estatal en su página 27 (Tabla).

9.- Vacaciones por año.30 días. Capítulo X . Artículo 37 Vacaciones.

10.-Pagas Extraordinarias. (2 pagas) Capitulo IX. Articulo 31. Se cobra 30 días de salario base.